Protege tus Bienes en Mallorca con Nuestro Seguro Especializado.
Un Seguro de Cosas, también conocido como Seguro de Propiedad, es un tipo de póliza que proporciona cobertura para los bienes materiales y propiedades.
Este tipo de seguro puede incluir la protección de hogares, contenido de viviendas, artículos personales, equipos electrónicos y otros objetos de valor contra riesgos como incendios, robos, daños por agua, entre otros.
La póliza generalmente establece las condiciones, límites y exclusiones de la cobertura.
En términos generales, la póliza establece las condiciones específicas de cobertura, los límites máximos de indemnización y las exclusiones aplicables. Al contratar este seguro, te aseguras de contar con una protección sólida ante posibles pérdidas o daños a tus propiedades, proporcionándote así tranquilidad y seguridad financiera.
Garantiza la estabilidad financiera y el bienestar futuro de tu familia con el Seguro de Cosas de Jaume Alorda. Nos destacamos por ofrecer soluciones adaptadas a tus necesidades en la hermosa isla de Mallorca.
Utiliza nuestra herramienta de cálculo de cuotas para explorar opciones personalizadas y ajustadas a tus circunstancias. En Jaume Alorda, comprendemos la importancia de brindar una protección integral a tus bienes y seres queridos. Después de realizar el cálculo, nuestro equipo se pondrá en contacto contigo para ofrecerte asesoramiento personalizado y asegurar que tengas la cobertura adecuada para garantizar la seguridad y tranquilidad de tu familia.
Confía en Jaume Alorda para proteger lo que más valoras en Mallorca. Estamos comprometidos a ofrecerte un servicio excepcional y soluciones de seguro que se adaptan a tu vida y tus necesidades únicas.
Contratar un Seguro de Cosas tiene como finalidad principal garantizar una indemnización a los beneficiarios que se hayan estipulado. Antes de suscribir cualquier póliza hay que buscar el mejor seguro de vida y considerar una serie de cuestiones:
La garantía principal por la que se contrata es la de fallecimiento, aunque, cada vez, es más común que sea por invalidez o dependencia.
La edad general de contratación se sitúa entre los 18 y los 65 años, después la aseguradora suele dejar de prestar el servicio.
No existe un mínimo ni un máximo, la elección del importe es libre.
Los beneficiarios podrán ser cambiados siempre que se quiera comunicándoselo a la compañía.
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